Lacuota de participación se calcula teniendo en cuenta el valor del inmueble con todo lo que lleva cada vivienda incluido. Es decir, hay que sumar el valor de vivienda en sí y también de trasteros, plazas de garaje, etc. En el caso de un local comercial ocurre exactamente igual. Y eso hay que hacerlo justo en el momento de la constitución
Esahí donde se puede ver qué gastos de comunidad deben pagar los locales comerciales. Si echamos un vistazo al artículo 9 de dicha ley podemos leer que el propietario debe “contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del
Enun interesante artículo de SEPIN, Dña.María José Polo Portilla explica que la participación en los gastos comunes es una de las obligaciones fundamentales de todo comunero, como establece el art. 9.1 e) LPH, siendo la forma de abono, en principio, de acuerdo con lo dispuesto en la cuota de participación, pero caben exoneraciones y
Porotro lado, hay que ser conscientes de que los bajos también están obligados a pagar la instalación de un ascensor, si bien la situación de los locales comerciales es diferente. De acuerdo
Alser necesario atribuir a la finca una nueva cuota de participación, será obligado modificar todas las cuotas de los pisos originales, a fin de reducirlas proporcionalmente para que la suma de las cuotas de todos los pisos más la cuota del nuevo piso vuelvan a sumar 100. La DGRN ha aceptado que la Junta de propietarios tiene competencia
Distribucióngastos Comunitarios a los locales comerciales - Administración de fincas. Hola, hasta ahora al local comercial de mi edificio se le cobraba la cuota de Comunidad 40€/mes, y no tenía acceso a zonas comunes, en ese importe entraban la parte que le correspondía por su coeficiente de participación en:
. 73 215 44 27 365 31 385 265 214
cuota de participación de los locales comerciales