Esdecir; en vez de sumar las cuantías de la demanda y de la reconvención, y aplicar al resultado el porcentaje correspondiente según la Escala -que es lo que exigen las normas de honorarios, según hemos expuesto supra-, por un lado se ha aplicado a la cuantía de la demanda el porcentaje correspondiente de la Escala, y por otro lado se ha aplicado a la
Oposicióna la impugnación de la tasación costas según ley. Recomendaciones. La tasación de costas practicada por el Secretario Judicial es uno
Interesadapor la Procurador de los Tribunales doña María del Carmen Ortiz Cornago, en representación de Serjobas, SL, la tasación de las costas impuestas a los recurrentes, por escrito registrado el trece de septiembre de dos mil once, dicha operación se efectuó por el Secretario del Tribunal el veintitrés de marzo de dos mil once.
letradode la parte favorecida en costas, valorado de forma objetiva. Como ha expuesto el Tribunal Supremo, en reiteradas ocasiones como en su STS de 5 de mayo de 2014 (ROJ: STS 1816/2014, Ponente F. Marín Castán) en su Fundamento Jurídico 3.º, «en materia de impugnación de las costas tasadas por considerarse ex -
Frentea la desestimación de la impugnación, interpuso recurso de revisión basado en la consideración de que la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) no tiene previsto que los LAJ puedan, al practicar la tasación de costas, reducir de oficio, y sin petición de parte, los honorarios de letrado por considerarlos excesivos.
Porlo que respecta al recurso de revisión presentado frente al Decreto que desestima la impugnación de costas por indebidas y excesivas, practicada a instancias de la mercantil CITROEXPANSIÓN, S.L. con imposición de costas, lo articula en los siguientes motivos: 1.
. 58 354 181 314 77 228 105 105 399

impugnación de costas por excesivas modelo